A pesar de que la Constitución del 91 constituyó una transformación inmensa en lo que refiere a la relación entre Estado y religión, nuestra sociedad pareciera no estar lista aún para dar ese paso en la práctica.
La Constitución del 1886 señalaba que la religión Catolica sería la de la Nación y que por lo tanto el Estado estaba en la obligación de protegerla y hacerla respetar, de allí surgieron tradiciones como consagrar el país al Sagrado Corazón de Jesús, tener sacerdotes en la Fuerza Pública (policía y ejercito) con los llamados sacerdotes castrenses, establecer misas para celebrar o conmemorar fiestas y hasta tener un sacerdote especial para el Palacio Presidencial. Pero también surgieron interferencias como convertir los pecados en delitos (ejemplo la homosexualidad, hijos fuera del matrimonio, aborto o la unión libre) o no cobrarle impuestos a las grandes extensiones de tierras y de propiedades que la Iglesia Católica tenía en el país.
Por esta razón los obispos y cardenales se convirtieron en fuente obligada de opinión pública y desde los pulpitos se dictaban políticas públicas a favor o en contra de grupos poblacionales, los liberales en la época de la Violencia, las mujeres en la epoca de la liberación femenina y otros muchos más.
Pero en 1991, un grupo de constituyentes, elegidos popularmente, definieron una nueva Constitución y su base fue la separación respetuosa entre la Iglesia Católica y el Estado, no se trataba de convertirse en enemigos sino en lograr independencia, señalando por ejemplo, que Colombia ya no sería una Nación Católica, Apostólica y Romana sino que todas las confesiones religiosas e iglesias serán igualmente libres ante la ley, con lo cual nos convertimos oficialmente en un Estado Laico con algunos rezagos de religiosidad pero sin favorecer oficialmente a ninguna religión.
Este cambio en la práctica no ha sido fácil, duramos muchos años antes de dejar de consagrar el país al Sagrado Corazón, aún existen sacerdotes castrenses dandole una ventaja a la Iglesia Católica sobre las otras y se siguen haciendo misas de celebración y conmemoración, pero oficialmente ya no se puede favorecer a un sólo culto.
Quizás lo más difícil de entender es porque las festividades cristianas siguen siendo festividades oficiales, los practicantes de otros cultos podrían considerarlo una violación al principio de igualdad, y lo mismo pasa con las celebraciones religiosas en oficinas públicas y en horarios laborales que se pueden considerar una violación a la Constitución (de hecho ya cursan varias tutelas al respecto).
Para la mayoría de ciudadanos que hemos crecido en una tradición católica, suena normal que en las oficinas se dediquen una o dos horas a "rezar" la novena de navidad, incluso algunas empresas tienen asignados horarios para eso. Pero en una oficina pública los ciudadanos/as de un culto distinto o incluso para alguien que no práctica ningún culto, esas prácticas pueden ser violatorias de sus derechos, ¿por qué deben pagar impuestos para que un grupo de funcionarios dediquen su tiempo a prácticar un culto que no es el suyo y que ni siquiera es oficial? ¿por qué esperar por un trámite, una diligencia o una respuesta porque los funcionarios están "rezando"?
De allí que en la Alcaldía Local de Chapinero se tomará la decisión de no realizar ningúna actividad religiosa en horario laboral, es decir, no "rezar" la novena, no establecer espacios para cultos religiosos ni utilizar recursos públicos para esa actividad. Esto no quiere decir que en horarios extralaborales los funcionarios no puedan practicar su culto e incluso organizar grupos en la Alcaldía que quieran hacerlo, de eso se trata la libertad de cultos, pero no podemos olvidar que somos un Estado Laico.
Se que esta decisión puede parecer polémica, no debería serlo después de 19 años de la Constitución del 91, pero aún así lo es, pero si no logramos desligar la religión del Estado los cultos seguiran definiendo los derechos y eso no puede permitirse en una sociedad plurietnica, multicultural y diversa como la nuestra.
No hay comentarios:
Publicar un comentario